DERECHO DE SUCESIÓN
La naturaleza y principio del derecho de sucesión entre los antiguos: habiéndose establecido el derecho de propiedad para practicar un culto hereditario, no era posible que este derecho caducase con la breve existencia del individuo. Moría el hombre, pero quedaba el culto, y no debiendo extinguirse el hogar, ni abandonarse el sepulcro y continuando la religión doméstica, debía continuar con ella el derecho de propiedad.
Para formarse una idea clara de lo que era la herencia en aquella época no debe uno figurarse que la fortuna pasa de mano en mano, sino que permanece inmóvil como el hogar y el sepulcro a que va unida. Quien pasa es el individuo, el cual a medida que la familia desarrolla sus generaciones, llega en su hora marcada para continuar el culto y cuidar los bienes, el hijo hereda y no la hija, esto teniendo en cuenta que quien hereda el culto para su continuidad es el hijo varón, la hija no tiene aptitud para continuar la tradición paterna por que se casa, y al hacerlo renuncia al culto de su padre para adoptar el de su esposo.
las doce tablas decían que si llegase a morir alguien sin heredero suyo, la sucesión correspondía al agnado más inmediato; y ya hemos visto que no se podía ser agnado por las mujeres.
así como la religión no permitía que un mismo individuo tuviera dos cultos domésticos, tampoco permitía heredar de dos familias; y por lo mismo el hijo adoptivo, que debía heredar de la familia adoptante, no podía hacerlo de su familia natural.
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